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Nacionalidad española por residencia en Marbella y Málaga

Nacionalidad española por residencia en Marbella y Málaga

Preparamos y presentamos tu solicitud de nacionalidad española por residencia, revisamos que el tiempo de residencia legal se cuente bien y te acompañamos hasta la jura.

★★★★★ +248 reseñas en GoogleGestora colegiada nº 473ES · EN · RU · ROMarbella · Málaga

Plazos de residencia legal

  • 10 años: regla general.
  • 5 años: personas con estatuto de refugiado.
  • 2 años: nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y sefardíes.
  • 1 año: nacidos en España, casados con español o española, viudos de español, nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, entre otros supuestos.

La residencia tiene que ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. Además, hay que superar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y, si no eres de un país de habla hispana, el DELE A2 del Instituto Cervantes.

Qué incluye nuestro servicio

  • Cálculo de tu fecha de residencia legal.
  • Lista de documentos y revisión de certificados de nacimiento y antecedentes penales (apostillas y traducciones juradas).
  • Presentación telemática y seguimiento hasta la resolución.
  • Orientación para la jura y la inscripción en el Registro Civil.

Por qué Asecontex

  • Gestora administrativa colegiada nº 473 (Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga): presentamos tu expediente con certificado profesional, sin que tengas que pedir cita.
  • Más de 240 reseñas de cinco estrellas en Google de clientes de todo el mundo.
  • Atendemos en español, inglés, ruso y rumano.
  • Oficinas en Marbella (Calle Serenata 17, Edif. Amaltea, 1º C2) y Málaga (Plaza de la Solidaridad 12, 5ª planta). Trabajamos también online para toda España.
  • Extranjería, fiscalidad, contabilidad y laboral bajo el mismo techo: un solo despacho para todo lo que necesitas en España.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la nacionalidad si salgo mucho de España?

Las ausencias largas pueden romper la continuidad de la residencia. Revisamos tus salidas antes de presentar.

¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad?

Con carácter general sí, salvo los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los países con convenio de doble nacionalidad.

¿Cuánto tarda?

Depende de la carga del Ministerio de Justicia. Hacemos el seguimiento por ti y te avisamos de cualquier requerimiento.

Normativa aplicada: Código Civil, arts. 21 a 23; Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre; Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre. Información general revisada en octubre de 2026; cada caso se estudia de forma individual.

Hablemos de tu caso

Escríbenos por WhatsApp o llámanos y te decimos qué vía te corresponde, qué documentos necesitas y cuánto cuesta, antes de empezar.