Renovación de residencia y TIE en Marbella y Málaga
Que tu tarjeta caduque no tiene por qué ser un problema. Preparamos la renovación o la modificación de tu autorización a tiempo y te conseguimos la cita para la toma de huellas.
Renovación o modificación: no es lo mismo
Según tu situación, lo que corresponde puede ser renovar la autorización que ya tienes o modificarla a otra distinta (por ejemplo, de estudios a trabajo, o de arraigo a cuenta ajena). Elegir mal la vía es la causa más frecuente de denegaciones. Lo revisamos antes de presentar.
Cuándo hay que pedirla
La renovación se puede presentar en los 60 días anteriores a la caducidad de tu tarjeta o en los 90 días posteriores. Mientras se resuelve, tu situación queda protegida.
Qué hacemos
- Revisamos requisitos: medios económicos, cotizaciones, empadronamiento o escolarización de menores.
- Preparamos y presentamos la solicitud.
- Pagamos contigo las tasas y gestionamos la cita de huellas para la TIE.
Por qué Asecontex
- Gestora administrativa colegiada nº 473 (Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga): presentamos tu expediente con certificado profesional, sin que tengas que pedir cita.
- Más de 240 reseñas de cinco estrellas en Google de clientes de todo el mundo.
- Atendemos en español, inglés, ruso y rumano.
- Oficinas en Marbella (Calle Serenata 17, Edif. Amaltea, 1º C2) y Málaga (Plaza de la Solidaridad 12, 5ª planta). Trabajamos también online para toda España.
- Extranjería, fiscalidad, contabilidad y laboral bajo el mismo techo: un solo despacho para todo lo que necesitas en España.
Preguntas frecuentes
Mi tarjeta ya ha caducado, ¿qué hago?
Si estás dentro de los 90 días siguientes, todavía puedes renovar. Escríbenos cuanto antes.
¿Puedo viajar con la tarjeta caducada?
Depende del documento que tengas mientras se resuelve. Te lo explicamos antes de que compres el billete.
¿Os ocupáis de la cita de huellas?
Sí, como parte del procedimiento completo. No vendemos citas sueltas.
Normativa aplicada: Ley Orgánica 4/2000; Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, modificado por el Real Decreto 316/2026; Orden PJC/617/2025 (tasas). Información general revisada en octubre de 2026; cada caso se estudia de forma individual.
Hablemos de tu caso
Escríbenos por WhatsApp o llámanos y te decimos qué vía te corresponde, qué documentos necesitas y cuánto cuesta, antes de empezar.