Residencia no lucrativa y visado de nómada digital en España
Si quieres vivir en España con tus propios medios o seguir trabajando en remoto para una empresa extranjera, preparamos tu solicitud desde tu país o desde España.
Residencia no lucrativa
Para quien puede vivir en España sin trabajar: hay que acreditar medios económicos suficientes, seguro médico con cobertura completa sin copagos, certificado médico y antecedentes penales. Se pide en el consulado español de tu demarcación.
Teletrabajo internacional (nómada digital)
Para profesionales que trabajan en remoto para empresas de fuera de España, o como autónomos con clientes mayoritariamente extranjeros. Se puede pedir el visado en el consulado o, si ya estás en España de forma regular, la autorización ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Fiscalidad desde el primer día
Te asesoramos sobre tu residencia fiscal, el régimen especial de impatriados (Ley Beckham) cuando sea posible y el modelo 720.
Por qué Asecontex
- Gestora administrativa colegiada nº 473 (Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Málaga): presentamos tu expediente con certificado profesional, sin que tengas que pedir cita.
- Más de 240 reseñas de cinco estrellas en Google de clientes de todo el mundo.
- Atendemos en español, inglés, ruso y rumano.
- Oficinas en Marbella (Calle Serenata 17, Edif. Amaltea, 1º C2) y Málaga (Plaza de la Solidaridad 12, 5ª planta). Trabajamos también online para toda España.
- Extranjería, fiscalidad, contabilidad y laboral bajo el mismo techo: un solo despacho para todo lo que necesitas en España.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero necesito demostrar?
Los importes se calculan sobre el IPREM o el salario mínimo vigentes y cambian cada año. Te damos la cifra actualizada en tu caso.
¿Puedo trabajar con la no lucrativa?
No. Si quieres trabajar, hay que buscar otra autorización o modificarla más adelante.
¿Os encargáis del consulado?
Preparamos el expediente completo según las exigencias del consulado concreto y te guiamos en la cita.
Normativa aplicada: Ley Orgánica 4/2000 y Real Decreto 1155/2024 (residencia no lucrativa); Ley 14/2013, de 27 de septiembre, art. 74 bis (teletrabajo internacional). Información general revisada en octubre de 2026; cada caso se estudia de forma individual.
Hablemos de tu caso
Escríbenos por WhatsApp o llámanos y te decimos qué vía te corresponde, qué documentos necesitas y cuánto cuesta, antes de empezar.